Golpe a los jubilados: lo que va a pasar con su paga extra de las pensiones
Éste es el grupo de jubilados que no recibirá una paga extra en el mes de junio
El mes de julio lleva con paga extra para los pensionistas y demás funcionariado público que reciben el bonus salarial estipulado por convenio para el mes de verano. Un grupo de jubilados no recibirán la paga extra ya que ésta está prorrateada durante los 12 meses del año. Este es el grupo de los que cobran pensiones derivadas de accidente de trabajo y enfermedad profesional, que están dentro de las prestaciones por incapacidad permanente. Estos reciben una pensión vitalicia mensual que puede ser sustituida por una indemnización a tanto alzado cuando la persona en cuestión sea menor de 60 años.
El mes de junio siempre llega con buenas noticias para los jubilados y demás profesionales de la empresa pública que ven su salario duplicado con la llegada del verano. La ley estipula que todos estos grupos de trabajadores y pensionistas deben cobrar la paga extra correspondiente al periodo estival y por ello la nómina de este mes siempre se acoge con brazos abiertos con los millones de personas que van de la mano del estado.
Dentro de los jubilados hay un grupo que no cobrará la paga extra el mes de junio y tiene que ver con los que reciben pensiones derivadas de un accidente de trabajado o una enfermedad que ha tenido que ver con el desempeño de su profesión. ¿El motivo? Estos tienen las pagas extras prorrateadas durante las 12 mensualidades que reciben a lo largo de todo el año.
«Las pensiones derivadas de accidente de trabajo y enfermedad profesional se abonan en 12 mensualidades, ya que las pagas extraordinarias están prorrateadas dentro de las mensualidades ordinarias, al haber sido tenidas en cuenta para el cálculo de la base reguladora de la pensión», así reza la página web de la Seguridad Social haciendo referencia a este grupo.
Los jubilados sin paga extra
Este grupo de jubilados no recibirá una paga extra tal y como si lo ha hecho el resto de pensionistas. Las pensiones derivadas de accidente de trabajo y enfermedad profesional se encuentra dentro del grupo que cubre a los trabajadores de que reciben unas prestación por incapacidad permanente total. Esta consiste en una pensión vitalicia mensual, que puede ser sustituida excepcionalmente por una indemnización a tanto alzado, cuando el beneficiario tenga menos de 60 años.
La cantidad total a percibir se obtiene de calcular un porcentaje sobre la base reguladora, según la causa que haya originado la incapacidad. La cuantía de la pensión no podrá resultar inferior a la cuantía mínima fijada anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, si es el caso de una enfermedad común.
Según especifica la Seguridad Social a través de su web oficial, en este grupo de jubilados la prestación se aumentará hasta un 50% cuando la lesión se produzca por máquinas, artefactos o instalaciones que carezcan de los dispositivos de precaución reglamentarios.
«En los casos de accidente de trabajo o enfermedad profesional, la prestación se aumentará, según la gravedad de la falta, de un 30% a un 50% cuando la lesión se produzca por máquinas, artefactos o en instalaciones, centros o lugares de trabajo que carezcan de los dispositivos de precaución reglamentarios, los tengan inutilizados o en malas condiciones, o cuando no se hayan observado las medidas de seguridad e higiene en el trabajo, o las elementales de salubridad o las de adecuación personal a cada trabajo, habida cuenta de sus características y de la edad, sexo y demás condiciones del trabajador. Dicho recargo recae directamente sobre el empresario infractor», señala.
La cuantía total que se abonará a los jubilados por accidente de trabajo o enfermedad laboral se calcula en función de los siguientes parámetros:
- Sueldo y antigüedad diarios del trabajador en la fecha del accidente o de la baja por enfermedad por 365 días.
- Pagas extraordinarias, beneficios o participación, por su importe total en el año anterior al accidente.
- El cociente de dividir los pluses, retribuciones complementarias y horas extraordinarias percibidas en el año anterior al accidente, por el número de días efectivamente trabajados en dicho período.
De esta forma, los pensionistas que reciben esta pensión vitalicia mensual tendrán su propio sistema de prestaciones y no reciben las pagas extras como el resto de los grupos de jubilados, que sí que doblan sus ingresos con la llegada del verano. En el caso de este grupo recibirán esta cantidad dividida en los 12 meses del año, por lo que su prestación mensual será mayor que la del resto.
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